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Información importante para pasajeros viajando desde/hacia Argentina

01/07/2021

Conforme a la Decisión Administrativa 643/21 se informa a continuación los requisitos exigidos para ingresar al país

Argentinos y/o residentes en Argentina:

  • Completar la DDJJ http://ddjj.migraciones.gob.ar/app/ dentro de las 48hs previas al viaje y presentar al momento del check in, el comprobante que recibió en su mail al finalizar la declaración y

  • Presentar constancia de  PCR con resultado negativo realizado con un máximo de SETENTA Y DOS (72) horas previas al embarque. Se encuentran exceptuados:  
             - Aquellas personas que hayan presentado COVID-19, en los 90 días previos al ingreso al país, confirmada por laboratorio, no necesitarán presentar la prueba PCR negativa, para su ingreso. A dicho efecto, deberán acreditar los resultados de las pruebas diagnósticas para SARS-CoV-2 y agregar el alta médica luego de haber pasado más de diez días del diagnóstico.
             - Menores de 6 años

  • Realizar cuarentena obligatoria de 10 días desde que le fuera efectuada la prueba de PCR negativa. Quienes regresen del exterior entre el 1° de julio y el 31 de agosto, están obligados a realizar la cuarentena  en los lugares que determinen los gobiernos provinciales y de la CABA.

  • Realizar un nuevo test para SARS-CoV-2 al arribo al país y otra al séptimo día del ingreso como condición de finalización del aislamiento obligatorio. El costo de ambas pruebas deberá ser asumido por la persona que ingresa al país.
             - Quienes resulten positivo en la prueba para SARS-CoV-2 al ingreso al país deberán realizar a continuación el test de PCR para su secuenciación genómica y deberán cumplir el aislamiento en los lugares dispuestos por las autoridades nacionales. La estadía será a cargo de la persona que ingresa al país.
             - Quienes resulten negativo en la prueba realizada al arribo, deberán cumplir con el aislamiento obligatorio en los respectivos domicilios denunciados en su declaración jurada. Aquellos que regresen del exterior entre el 1° de julio y el 31 de agosto, están obligados a aislarse en los lugares que determinen los gobiernos provinciales y de la CABA, durante 10 días, contados desde el testeo realizado en el país de origen.
             - De resultar positivo el test practicado al séptimo día de arribo al país, deberá el laboratorio interviniente arbitrar los recaudos para que la autoridad nacional competente secuencie genómicamente la muestra y la autoridad sanitaria local realice el inmediato rastreo de los contactos estrechos de ese viajero.


Turistas provenientes de países limítrofes que sean nacionales o extranjeros residentes en los mismos, y cuyo destino sea el Área Metropolitana de Buenos Aires:  
Queda suspendida la autorización de su ingreso.

 

Extranjeros ingresando a Argentina :
Queda suspendida la autorización de su ingreso, aun en aquellos casos de reagrupación familiar.

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